{"id":4457,"date":"2020-03-03T11:53:04","date_gmt":"2020-03-03T14:53:04","guid":{"rendered":"http:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/?p=4457"},"modified":"2022-04-21T22:21:17","modified_gmt":"2022-04-22T01:21:17","slug":"columna-de-opinion-esto-es-descentralizar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/?p=4457","title":{"rendered":"Columna de Opini\u00f3n: Esto es descentralizar"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Por Libertad Magenta<\/strong><\/em><\/p>\n<p>En este af\u00e1n de formarnos y formar sobre municipalismo hemos decidido en esta columna adentrarnos en el sistema de la provincia de Santa Fe, entendiendo a esta provincia como una de las pioneras en esta tem\u00e1tica. Con unos 3.195.000 habitantes en 2010, es la tercera jurisdicci\u00f3n de primer orden m\u00e1s poblada \u2014por detr\u00e1s de la Provincia de Buenos Aires y la Provincia de C\u00f3rdoba- y por su sistema de divisi\u00f3n pol\u00edtica es de estas provincias justamente la de mayor proximidad, con una media de 9308 habitantes por municipio o comuna.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-large wp-image-4458\" src=\"https:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/Cuadro-Sta-Fe-1024x233.jpg\" alt=\"\" width=\"620\" height=\"141\" \/><\/p>\n<p>La divisi\u00f3n pol\u00edtica de Santa Fe se centra en una regionalizaci\u00f3n dada por 5 regiones que se dividen en 19 departamentos, los que a su vez se separan en distritos categorizados en municipalidades de primera y segunda categor\u00eda -en base a su poblaci\u00f3n- y comunas, en total la considerable cifra de 2 municipios de primera categor\u00eda, con m\u00e1s de 200mil habitantes, s\u00f3lo alcanzada por Santa Fe y Rosario, 53 municipios de segunda categor\u00eda y 310 comunas.<!--more--><br \/>\nEstos entes territoriales tienen leyes org\u00e1nicas; las Comunas cuentan con la Ley Provincial 2439\/1935 y las Municipalidades con la Ley Provincial 2756\/1939. Son Municipalidades todos aquellos centros urbanos que tengan una poblaci\u00f3n mayor de 10 mil habitantes y son Comunas todos aquellos centros de poblaci\u00f3n que no alcanzan la cantidad de 10 mil habitantes. A efectos de elevar una Comuna a la categor\u00eda de Municipio debe existir un Censo que determine la cantidad de habitantes, el que posteriormente tiene que ser aprobado por la Legislatura.<br \/>\nPara poder un centro poblado alcanzar la categor\u00eda de Comuna es requisito poseer 500 habitantes, y posteriormente la sanci\u00f3n de la Ley respectiva, al igual que en la provincia de C\u00f3rdoba, ya estudiada en esta columna, no se requiere de mayor an\u00e1lisis que la cantidad de habitantes para determinar la procedencia de la creaci\u00f3n de estos gobiernos locales.<br \/>\nCada Municipalidad se compone de un Concejo Municipal y de un Departamento Ejecutivo el cual est\u00e1 a cargo de un funcionario con el t\u00edtulo de Intendente Municipal, y que es elegido por el pueblo, y dura cuatro a\u00f1os en el ejercicio de sus funciones. El Concejo Municipal se compone de miembros elegidos directamente por los vecinos de cada municipio. Los mandatos de los concejales duran cuatro a\u00f1os y se renuevan cada dos a\u00f1os por mitades.<br \/>\nLa administraci\u00f3n de una Comuna est\u00e1 a cargo de una Comisi\u00f3n Comunal elegida por la comunidad. La Comisi\u00f3n Comunal se compone de tres miembros titulares e igual n\u00famero de suplentes cuando las localidades no hayan alcanzado una poblaci\u00f3n de 1500 habitantes, o de cinco miembros titulares e igual n\u00famero de suplentes, cuando las villas hayan alcanzado una poblaci\u00f3n de 1500 habitantes en su ejido urbano.<br \/>\nCuando las Comisiones se constituyen por cinco miembros, se eligen cuatro por la mayor\u00eda y uno por la minor\u00eda y cuando son de tres miembros, dos por la mayor\u00eda y uno por la minor\u00eda. Todos duran en su mandato dos a\u00f1os, y la Comisi\u00f3n elige por s\u00ed misma y de entre sus propios miembros un presidente, un vicepresidente y un tesorero.<br \/>\nConjuntamente se elige una Comisi\u00f3n de Contralor de Cuentas, que tiene a su cargo el control del gasto comunal, a la cual, la Comisi\u00f3n Comunal debe presentar comprobantes y balance para su aprobaci\u00f3n o desaprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Lo m\u00e1s importante para entender la trascendencia de este sistema es que los municipios y comunas cuentan con un presupuesto propio, determinado por sus autoridades, cuyos activos se componen por la coparticipaci\u00f3n y diversos recursos aportados por el estado provincial y por las tasas percibidas por servicios urbanos y derechos de habilitaci\u00f3n y construcci\u00f3n entre otros, es decir que poblaciones de 500 habitantes constituidas en comunas manejan sus propios recursos y deciden libremente las prioridades de su comunidad.<\/p>\n<p>Seg\u00fan su propia p\u00e1gina \u201cLa provincia de Santa Fe constituye una red institucional y territorial de la cual los gobiernos comunales son piezas esenciales. Su participaci\u00f3n activa en la toma de decisiones de las pol\u00edticas p\u00fablicas y estrat\u00e9gicas para el territorio es necesaria para lograr una provincia integrada\u201d, contrariamente a los bonaerenses, los sant<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Libertad Magenta En este af\u00e1n de formarnos y formar sobre municipalismo hemos decidido en esta columna adentrarnos en el sistema de la provincia de Santa Fe, entendiendo a esta provincia como una de las pioneras en esta tem\u00e1tica. 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