{"id":7876,"date":"2023-07-04T12:30:15","date_gmt":"2023-07-04T15:30:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/?p=7876"},"modified":"2023-07-04T12:36:26","modified_gmt":"2023-07-04T15:36:26","slug":"correo-de-lectores-un-contrato-de-coleccion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/?p=7876","title":{"rendered":"Correo de Lectores: Un contrato de colecci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-7877\" src=\"https:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/correo-1-300x300.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/correo-1-300x300.jpg 300w, https:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/correo-1-150x150.jpg 150w, https:\/\/www.nuevasierra.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/correo-1.jpg 500w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/>A LA SRA. DIRECTORA<br \/>\nPERI\u00d3DICO NUEVA SIERRA<\/p>\n<p>Me dirijo a Ud. a fin de solicitar la publicaci\u00f3n del siguiente texto relativo a la problem\u00e1tica de incumplimientos reiterados en el Servicio de Recolecci\u00f3n de residuos en nuestro barrio:<br \/>\nNo conozco el Contrato de la Empresa de Higiene Urbana con nuestra Municipalidad pero, de acuerdo a su accionar habitual en muchas calles de nuestro barrio, el otro contrato, el verdadero, el que efectivamente se lleva a la pr\u00e1ctica supongo que tiene las siguientes cl\u00e1usulas:<!--more--><\/p>\n<p>PRIMERA: La Empresa tendr\u00e1 a su cargo el Servicio de Recolecci\u00f3n de Residuos en todas las calles pertenecientes a Sierra de los Padres con una frecuencia de seis (6) d\u00edas a la semana.<\/p>\n<p>SEGUNDA: Si bien est\u00e1 detallado el radio de cobertura y la frecuencia semanal, ello no implica que la Empresa deba cumplir con dicho servicio ni con dicha frecuencia.<br \/>\nLa misma podr\u00e1 elegir libremente y seg\u00fan su criterio las calles por las cuales realizar\u00e1 su recorrido como as\u00ed tambi\u00e9n la cantidad de d\u00edas en que brindar\u00e1 sus servicios.<\/p>\n<p>TERCERA: La Empresa est\u00e1 autorizada a no cumplir su servicio en las calles que no est\u00e9n en excelentes condiciones de transitabilidad: las que presenten baches, grietas y\/o desniveles, las que tengan barro o ripio suelto, las que no tengan salida, las que posean curvas pronunciadas, las empinadas, las que posean suelo rocoso, las que presenten zanjas producidas por las lluvias, las que est\u00e9n muy alejadas, las que sean muy angostas o las que tengan muchos \u00e1rboles con ramas bajas. Tambi\u00e9n estar\u00e1n exceptuadas de su recorrido aquellas en las que est\u00e9n construidas pocas viviendas o si las hubiere, fueran pocas las de uso permanente.<\/p>\n<p>CUARTA: Queda expresamente estipulado que la Empresa queda eximida de brindar servicios en las calles en las condiciones detalladas en el art\u00edculo anterior, ya es que la responsabilidad es pura y exclusiva de los vecinos, ya que ellos eligieron, por propia voluntad, fijar su residencia en ese tipo de calles.<\/p>\n<p>QUINTA: De ninguna manera se exigir\u00e1 que el recorrido de las calles donde no pueda transitar el cami\u00f3n, sea realizado por una camioneta o veh\u00edculo de menor porte que se adapte a las condiciones de las mismas. Los \u00fanicos veh\u00edculos adecuados para transitar ese tipo de calles son los pertenecientes a los vecinos.<br \/>\nSEXTA: La Empresa s\u00f3lo considerar\u00e1 brindar el servicio en las calles donde los vecinos reclamen un m\u00ednimo de treinta (30) veces y ante distintos organismos municipales ya que no se aceptar\u00e1 como v\u00e1lido hacerlo ante s\u00f3lo un lugar.<\/p>\n<p>S\u00c9PTIMA: Mientras los reclamos no sean presentados simult\u00e1neamente por muchos vecinos (no se aceptar\u00e1 el reclamo de uno solo por cuadra) la empresa estar\u00e1 eximida de cumplir con sus obligaciones contractuales.<\/p>\n<p>OCTAVA: Si la Empresa no cumple con el servicio ser\u00e1 exclusiva y total responsabilidad de los vecinos que no se comprometen con el bienestar comunitario y no tienen la voluntad de oficiar de Inspectores ad-honorem y dedicar horas y horas de su tiempo a confeccionar notas y m\u00e1s notas de reclamo. Queda expresa y claramente estipulado: donde no hay queja no hay servicio.<\/p>\n<p>NOVENA: Dado que est\u00e1 estad\u00edsticamente comprobado que s\u00f3lo un porcentaje muy bajo de la poblaci\u00f3n reclama por sus derechos, se utilizar\u00e1 la estrategia de no contestar los reclamos y esperar a que se cansen de efectuarlos. Lo cual suceder\u00e1 tarde o temprano. Todo ello a favor de no generar ning\u00fan tipo de incomodidad o cuestionamiento a la Empresa.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA: La Empresa est\u00e1 liberada de cualquier tipo de obligatoriedad referente a cumplir con responsabilidad y compromiso el servicio por el cual es remunerada. De ninguna manera y bajo ninguna circunstancia se exigir\u00e1 a la Empresa que realice una contraprestaci\u00f3n acorde a los montos establecidos en su contrato con la Municipalidad.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA PRIMERA: La Empresa cobrar\u00e1 puntualmente y sin dilaci\u00f3n alguna el canon mensual acordado por tener a su cargo el Servicio de Higiene Urbana explicitado en la Cl\u00e1usula 1\u00b0 y encuadrado en todas las exenciones previstas en las cl\u00e1usulas segunda a d\u00e9cima.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA SEGUNDA: Los vecinos de Sierra de los Padres est\u00e1n obligados, a fin de preservar la limpieza del barrio y las necesarias condiciones sanitarias, a llevar varios kil\u00f3metros sus residuos hasta la Delegaci\u00f3n Municipal, asumiendo los costos de tiempo, combustible y desgaste del veh\u00edculo.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA TERCERA: Los que no posean veh\u00edculo deber\u00e1n buscar la manera de acercarlos al lugar designado, recordando una vez m\u00e1s que nadie los oblig\u00f3 a vivir en este barrio y que es imprescindible tener un medio de transporte para poder hacer el trabajo que deber\u00eda realizar la Empresa, ya que es inadmisible plantear alg\u00fan tipo de exigencia a la misma.<br \/>\nLos vecinos tienen que ser participantes activos y solidarios, con conciencia ciudadana y comunitaria. Por ello deben asumir plenamente sus responsabilidades y no pretender deslindar las mismas en la Empresa.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA CUARTA: Los vecinos est\u00e1n obligados a cumplir en tiempo y forma con el pago mensual y puntual de la Tasa de Servicios Urbanos que solventan parte del millonario pago de los servicios de la Empresa. Si no lo realizan ya est\u00e1n fijados los correspondientes cargos por mora.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA QUINTA: Se recuerda la obligatoriedad de contar con un cesto de residuos con tapa enfrente de cada vivienda. Dado el poco uso que tendr\u00e1 el mismo se sugiere buscar alternativas: decorarlo con distintos colores y figuras para que alegren la vista de residentes y turistas, usarlos como maceteros o para colocar la direcci\u00f3n de la vivienda, el cartel de la empresa de seguridad o los globos para se\u00f1alar el lugar de un cumplea\u00f1os.<\/p>\n<p><strong><em>Cristina Isabel Nievas<\/em><\/strong><br \/>\n<strong><em>Sierra de los Padres<\/em><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A LA SRA. 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